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Custodia compartida con hijos lactantes y/o menores de 3 años

👶 Custodia compartida cuando los hijos son lactantes o menores de 3 años

En Rotllan Torra Abogados, despacho de referencia en derecho de familia en Barcelona, recibimos con frecuencia una de las dudas más importantes entre padres y madres que inician un proceso de separación:
¿Es posible establecer una custodia compartida cuando los hijos son lactantes o menores de 3 años?

📅 ¿Existe una edad mínima para la custodia compartida?

La legislación española no establece una edad mínima concreta para aplicar un régimen de custodia compartida. Sin embargo, la experiencia judicial y la práctica forense indican que, en muchos casos, se opta por regímenes progresivos especialmente cuando el menor se encuentra en etapa de lactancia o es menor de tres años.

Desde Rotllan Torra Abogados, recomendamos estudiar cada caso de forma individualizada, siempre con el interés superior del menor como eje principal. A partir de los 2 o 3 años, y si concurren otros factores favorables, los tribunales suelen estar abiertos a implantar una custodia compartida progresiva que permita al niño establecer vínculos sólidos con ambos progenitores.

⚖️ ¿Qué valoran los jueces para aplicar custodia compartida en niños tan pequeños?

Aunque la edad es un factor relevante, no es el único ni el decisivo. Los tribunales tienen en cuenta una serie de criterios para valorar si es viable una custodia compartida en niños de tan corta edad:

  • La edad y número de hijos.
  • La capacidad de conciliación laboral y familiar de cada progenitor.
  • La disponibilidad real de tiempo y dedicación previa al menor.
  • La relación entre ambos progenitores y su disposición para colaborar.
  • La cercanía entre los domicilios de ambos progenitores.
  • La estabilidad emocional y entorno del menor.
  • La implicación en los cuidados del menor antes de la ruptura.

En Rotllan Torra Abogados promovemos la vía del acuerdo consensuado. Proponemos un régimen progresivo, equilibrado y adaptado a la evolución del menor, alejándonos de enfrentamientos y protegiendo siempre el bienestar emocional del hijo.

🌱 Ventajas de la custodia compartida en menores pequeños

Las ventajas de la custodia compartida son notables incluso en edades tempranas, siempre que se aplique con responsabilidad y planificación:

  • El menor crece con ambos progenitores como referentes principales, desarrollando vínculos emocionales sólidos y equilibrados.
  • Se reparte la carga de cuidado y crianza, facilitando la conciliación profesional y personal.
  • Ambos progenitores participan activamente en el día a día del hijo, creando rutinas compartidas.
  • Se fomenta la cooperación y la comunicación entre los progenitores, en beneficio directo del menor.
  • El niño vive con naturalidad la separación de sus padres, sin sentirse apartado de ninguno de ellos.

Nuestra experiencia en casos reales demuestra que las custodias compartidas con menores de 3 años funcionan muy bien cuando hay voluntad de colaboración.

📚 Jurisprudencia actual sobre custodia compartida en menores de corta edad

El Tribunal Supremo, en su sentencia de 4 de abril de 2018, dejó claro que no debe retrasarse innecesariamente el establecimiento de la custodia compartida. Según el Alto Tribunal, consolidar rutinas de custodia exclusiva puede dificultar la implantación posterior de un régimen compartido, generando desequilibrios a largo plazo para el menor.

En la misma línea, la Audiencia Provincial de Barcelona, en sentencia del 13 de noviembre de 2015, reconoció la viabilidad de una custodia compartida con una menor lactante de 14 meses.

La doctrina actual del Tribunal Supremo apuesta por la custodia compartida como modelo deseable y general, destacando su impacto positivo en el desarrollo afectivo y emocional del menor.